Condiciones aparcamiento
Tarifas aparcamiento de rotación
- Tarifa estancia: 0,05€/minuto
- Cobro por minutos
- Franquicia inicial: 1h 30min
- Precio máximo por día: 24€
- Tiempo de salida desde el pago: 15 minutos
Tarifas carga eléctrica
- Tarifa de la recarga: 0,30€/kWh
- Importe mínimo de la recarga: 3€
Los cargadores de motocicletas no disponen de importe mínimo de recarga.
Dispone de un minuto desde la conexión del cable al sistema para desistir del proceso de recarga. Pasado este tiempo se considerará iniciada y se aplicarán las condiciones pertinentes.
La ocupación de una plaza de carga implica la aplicación de la tarifa de estacionamiento vigente según su contrato: aparcamiento de rotación o abonado.
A partir de 3h de ocupación de una plaza de carga eléctrica se aplicará un cargo adicional independiente a la recarga y la estancia de: 0,05€/minuto.
Condiciones de pago
Somos una entidad libre de efectivo. Solamente se admite pago con tarjeta.
Condiciones App Efimob
La App Efimob utilizada para el uso del servicio de recarga es propiedad de Efimob Efficient Solutions S.L.
El titular del servicio de recarga ofrecido a través de la App Efimob es Efimob Efficient Solutions S.L.
Cualquier reclamación o incidencia con la App o el servicio deberá presentarse a Efimob Efficient Solutions S.L. – www.efimob.com
NORMAS DE USO Y FUNCIONAMIENTO DEL APARCAMIENTO
CENTRO INTERMODAL DE LOGISTICA S.A, S.M.E., en adelante CILSA, pone permanentemente a disposición de los usuarios del aparcamiento las presentes normas de uso y funcionamiento.
ARTÍCULO 1. DECLARACIONES GENERALES
1. Estas normas son de cumplimiento obligatorio para los clientes y las personas que se puedan encontrar en el aparcamiento o en sus accesos.
2. Dentro del aparcamiento y en sus accesos, el cliente deberá respetar:
Las normas de circulación y preceptos legales o reglamentarios que puedan ser de aplicación, y la Ley reguladora del contrato de aparcamiento de vehículos.
La señalización del tránsito.
Las indicaciones de los empleados del aparcamiento, o aquellas que se hagan mediante carteles.
ARTÍCULO 2. USO DEL APARCAMIENTO
1. El aparcamiento es de carácter público.
2. El aparcamiento ofrece plazas de rotación y de abono. En función del aparcamiento pueden existir plazas en propiedad de particulares y plazas cedidas en uso a terceros.
3. Las plazas de aparcamiento se asignarán a los automóviles por orden de llegada, excepto que en algún momento se puedan establecer restricciones por necesidades o características del servicio. Las motocicletas, bicicletas y patinetes solo podrán aparcar en las plazas indicadas para estos vehículos, y abonarán la tarifa establecida.
4. Las plazas de aparcamiento destinadas a recarga eléctrica de vehículos en rotación solo podrán utilizarse para dicho fin y por el tiempo necesario para dicha recarga.
5. En las plazas accesibles para personas con movilidad reducida solo podrán estacionar quienes dispongan y acrediten hacer uso de la autorización administrativa especial para personas con movilidad reducida (TPMR) mediante su exhibición totalmente visible en el parabrisas del vehículo mientras éste permanezca estacionado. CILSA denunciará ante la autoridad competente a los infractores.
6. Dentro del aparcamiento no está permitido:
a) El acceso de vehículos que por sus dimensiones, altura o peso, puedan entorpecer el normal funcionamiento del aparcamiento. Salvo expresa autorización previa de CILSA.
b) El acceso de toda persona ajena a los servicios del aparcamiento.
c) El almacenamiento, depósito y abandono de enseres u objetos tanto en las plazas de aparcamiento como en los vehículos en ellas estacionados que pudieran afectar a la seguridad y salud de las personas, así como a la seguridad, salubridad, estabilidad y estanquidad del aparcamiento y los vehículos. CILSA podrá retirar en cualquier momento aquellos bienes que generen riesgos para la salud y seguridad de las personas.
d) La entrada de animales de cualquier tipo, excepto las mascotas atadas en condiciones de seguridad.
e) La introducción de materias combustibles, inflamables o peligrosas, excepto el contenido normal de carburante del depósito de los vehículos, y/o tener bienes dentro del vehículo que puedan suponer riesgos para la seguridad o salud de las personas.
f) Realizar actividades comerciales, molestas, ruidosas, ofensivas, insalubres, peligrosas y nocivas en el aparcamiento.
g) Realizar labores de mantenimiento o reparación de los vehículos.
h) La circulación de peatones por las zonas no señalizadas a tal efecto
i) Encender fuego y fumar.
j) La entrada de vehículos y/o conductores potencialmente peligrosos.
k) La obtención de fotografías/grabaciones de las instalaciones sin la pertinente autorización previa.
7. Será obligación de los clientes depositar los residuos que generen en los contenedores instalados al efecto.
ARTICULO 3. ENTRADA, CIRCULACIÓN Y ESTACIONAMIENTO
1. Para poder entrar al aparcamiento con el vehículo, será necesario retirar el tiquete horario que expenderá la máquina y en el que figurarán el día y la hora de entrada y el marcador/matrícula que permita identificar el vehículo. El cliente deberá conservarlo en debidas condiciones, y por razones de seguridad, llevarlo siempre encima. El uso indebido de un tiquete para sacar del aparcamiento un vehículo que no corresponda con el marcador/matrícula se considerará fraudulento.
2. Los vehículos abonados, deberán utilizar los medios detallados en el artículo 7 siguiente.
3. Los vehículos deberán estacionarse de forma correcta en las plazas destinadas para cada tipo de vehículo, dentro de las marcas viales que delimitan la respectiva plaza.
4. Cuando el vehículo esté aparcado, el conductor deberá apagar el motor y dejar puesto el freno de mano. Dejará cerrado el vehículo con llave. En el aparcamiento no existe servicio de recogida de llaves.
5. No se permiten adelantamientos y la velocidad máxima en el interior y en las rampas de acceso al aparcamiento será de 10 Km/hora.
6. En caso de avería, el cliente deberá seguir las instrucciones de los empleados del aparcamiento.
7. Los clientes limitarán su presencia en el aparcamiento al tiempo necesario para aparcar y desaparcar.
8. El cliente deberá satisfacer, antes de retirar el vehículo, el importe de su estancia horaria según las tarifas vigentes.
9. La pérdida del tiquete comportará que el cliente, para retirar su vehículo, se identifique, acredite la propiedad/posesión del mismo, y abone la estancia real.
10. El cliente tendrá derecho a obtener factura de las estancias que realice en el aparcamiento de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación.
11. CILSA está legitimada para proceder a la retirada de vehículos en casos de abandono, acudiendo al procedimiento previsto en el artículo 6 de la ley 40/2002 de 14 de noviembre reguladora del contrato de aparcamiento de vehículos.
ARTÍCULO 4. TARIFAS
1. Las tarifas vigentes en régimen de rotación se encuentran expuestas en el apartado anterior.
2. Las tarifas de abonados estarán a disposición de los clientes en la recepción del edificio Service Center.
3. Por motivos de seguridad, los empleados de CILSA podrán requerir al cliente que se encuentre en el interior del aparcamiento que les exhiba el tiquete de aparcamiento o la tarjeta de identificación de abonado/cesionario de uso.
4. Un vehículo que ocupe más de una plaza señalada deberá abonar su estancia en función de su ocupación real.
5. CILSA podrá ejercer el derecho de retención en garantía del precio del aparcamiento según le concede la Ley 40/2002 de 14 de noviembre, reguladora del contrato de aparcamiento de vehículos, así como utilizar las vías de constreñimiento que le concede la legislación vigente.
ARTÍCULO 5.- DAÑOS
1. El cliente será el responsable de retirar del vehículo los accesorios no fijos y que sean extraíbles, como teléfonos móviles y demás pertenencias, no extendiéndose ninguna responsabilidad por este concepto a CILSA de acuerdo con los términos de la Ley 40/2002 de 14 de noviembre de 2002, reguladora del contrato de aparcamiento.
2. El cliente tiene obligación de comunicar a CILSA, de forma inmediata y antes de salir del aparcamiento, los daños y perjuicios que hubiera podido ocasionar al propio aparcamiento o a otros clientes.
3. El Cliente deberá Indemnizar los daños y perjuicios que ocasionen a personas, vehículos, bienes e instalaciones del aparcamiento, por dolo, culpa, negligencia o infracción de la normativa aplicable.
4. CILSA no responde de los daños causados por otros usuarios o por terceros. Tampoco responde de las reclamaciones por daños al vehículo una vez éste haya salido del aparcamiento.
ARTÍCULO 6. RECLAMACIONES
1. El cliente podrá presentar reclamaciones mediante los modelos reglamentarios que estarán a disposición de los clientes en la oficina del aparcamiento o por correo electrónico remitido a sac@zalport.com.
ARTÍCULO 7. NORMAS DE FUNCIONAMIENTO PARA LOS CLIENTES EN RÉGIMEN DE ABONO
1. Los clientes en régimen de abono ocuparán las plazas que les sean destinadas por razones funcionales y operativas de CILSA.
2. El abono da derecho a la utilización del aparcamiento exclusivamente al vehículo que figure en el registro de inscripción del abono y no a otro diferente.
3. Cualquier variación de los datos personales deberá ser comunicada a CILSA.
4. Es de uso obligatorio la utilización de la tarjeta codificada para entrar y salir del aparcamiento. La emisión de la tarjeta o su sustitución por pérdida, deterioro, etc, comporta el pago de los costes de emisión fijados por CILSA en cada momento.
5. Adicionalmente a lo anterior, si el abonado lo desea, podrá vincular a su abono la matrícula para entrar y salir del aparcamiento. La vinculación de la matricula no tiene coste asociado.
6. La pérdida de la tarjeta de abonado se deberá comunicar a CILSA.
7. El pago de las cuotas de abonados se hará según las indicaciones de CILSA.
9. La resolución del abono deberá comunicarse por escrito antes del día 25 del mes en curso. Cuando finalice o quede sin efecto el contrato de abono, el cliente estará obligado a retirar su vehículo.
10. CILSA, en caso de incumplimiento por parte del abonado, tendrá derecho a resolver el abono previa comunicación por escrito al cliente. Igualmente, en caso de incumplimiento de CILSA, el cliente podrá resolver el contrato de abono previa comunicación por escrito.
11. La relación entre el abonado y CILSA se regirá por las Normas reguladoras del Régimen de Abonados que se encuentren vigentes en cada momento.
ARTÍCULO 8. PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES
En relación con los ficheros con datos de carácter personal titularidad del Arrendatario se determinan los siguientes extremos:
Responsable: CENTRO INTERMODAL DE LOGÍSTICA, S.A. , S.M.E. (en adelante CILSA) es el responsable del tratamiento de los siguientes datos: a) los del propio Arrendatario, en caso de que éste tenga la consideración de trabajador por cuenta propia o autónomo; b) los de los representantes legales y/o apoderados del Arrendatario que se hayan hecho constar en este documento; y c) los de las personas que, prestando sus servicios en el Arrendatario, entren en contacto con CILSA para posibilitar el mantenimiento, desarrollo y gestión de la relación de negocio formalizada por medio de este documento (personas de contacto), a quienes el Arrendatario se compromete a dar traslado del contenido íntegro de esta cláusula.
CILSA está domiciliada en Av. Ports d’Europa, 100, 08040-Barcelona; está provista del teléfono 93 5525800 y de la dirección de correo electrónico sac@zalport.com.
Finalidad: Los datos personales de los interesados arriba indicados se tratarán para posibilitar el mantenimiento, desarrollo y control de la relación contractual formalizada por medio de este documento, así como para enviarle comunicaciones comerciales, incluso por medios electrónicos, sobre productos y/o servicios de CILSA que puedan resultar de su interés. Los datos tratados con esta finalidad se conservarán mientras se mantenga dicha relación contractual y, una vez finalizada ésta, durante los plazos de conservación y de prescripción de responsabilidades legalmente previstos.
Legitimación: La base jurídica para llevar a cabo el tratamiento de datos especificado en el apartado anterior es el interés legítimo en el marco de la ejecución de un contrato, así como el consentimiento del Arrendatario para la recepción de comunicaciones comerciales de terceros.
Destinatarios: Los datos sólo se comunicarán a terceros para el cumplimiento de obligaciones legales.
Derechos: El interesado puede ejercer ante CILSA sus derechos de acceso; rectificación; supresión; limitación del tratamiento; portabilidad de los datos; oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, incluida la elaboración de perfiles, así como la revocación del consentimiento prestado para la recepción de comunicaciones comerciales de terceros. Para el ejercicio de tales derechos el interesado puede enviar su solicitud a CILSA, Av. Ports d’Europa, 100, 08040-Barcelona o a través de la dirección de correo electrónico sac@zalport.com.
Asimismo, en relación con el tratamiento de los datos de los empleados del Arrendatario, CILSA podrá enviar comunicaciones comerciales, incluso por medios electrónicos, de terceras entidades ubicadas en el edificio Service Center relacionadas con descuentos y promociones que pueden ser del interés de los empleados del Cliente. En este sentido, el Arrendatario se hace responsable de solicitar el consentimiento expreso e inequívoco y de facilitar la información debida a la hora de obtener el consentimiento de sus empleados, en los términos que se indican a continuación:
– Los datos personales de nombre y apellidos y correo electrónico se cederán a CILSA con domicilio en Av. Ports d’Europa, 100, 08040-Barcelona con las siguientes finalidades: Que los trabajadores del Arrendatario puedan recibir comunicaciones comerciales, incluso por medios electrónicos, de terceras entidades ubicadas en el edificio Service Center relacionadas con descuentos y promociones que pueden ser del interés de los empleados del Arrendatario.
– En este caso, la base jurídica del tratamiento de estos datos es el consentimiento prestado por los empleados del Arrendatario. El período de conservación de los datos cedidos por el Arrendatario será hasta el momento en que el empleado retire su consentimiento, obligándose CILSA a no comunicar estos datos a ningún tercero, a excepción de las siguientes categorías de encargados del tratamiento: proveedores de correo electrónico y ofimática en línea, proveedores de programas de gestión empresarial, gestoría, contabilidad, auditoría y abogados. Asimismo, CILSA podrá transferir los datos a Encargados ubicados en Estados Unidos de América adheridos al Privacy Shield que cuenta con una decisión de adecuación de la Comisión (Decisión de ejecución (UE) 2016/1250 de la Comisión). Asimismo, los trabajadores del Arrendatario podrán ejercer sus derechos de acceso; rectificación; supresión; limitación del tratamiento; portabilidad de los datos; oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, incluida la elaboración de perfiles, así como la revocación del consentimiento prestado por los empleados del Arrendatario para la recepción de comunicaciones comerciales de terceros. Para el ejercicio de tales derechos el interesado puede enviar su solicitud a CILSA, Av. Ports d’Europa, 100, 08040-Barcelona o a través de la dirección de correo electrónico sac@zalport.com.
En todo caso, el interesado tiene derecho a presentar una reclamación ante la correspondiente autoridad de control si lo estima oportuno.
ARTÍCULO 9.- MODIFICACIÓN DE LAS NORMAS
Las presentes Normas podrán ser objeto de modificación por parte de CILSA cuando lo considere conveniente para el mejor funcionamiento del aparcamiento.
CILSA publicará dichas actualizaciones en el aparcamiento para el debido conocimiento de los clientes.
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